Reclamar pérdidas por autoexclusión: cómo recuperar el dinero si te dejaron jugar estando prohibido

Si estabas autoexcluido, inscrito en el RGIAJ o habías pedido no jugar, la casa de apuestas no debía permitirte depositar, apostar ni perder dinero.
Cuando el operador falla en sus controles de acceso, verificación o juego responsable, puede existir base para reclamar las pérdidas sufridas.
La reclamación no se plantea como una simple devolución por haber perdido, sino como una exigencia de responsabilidad por permitir actividad de juego prohibida.
Es clave conservar prueba de la autoexclusión, depósitos, historial de apuestas, correos, chats y respuestas del operador.

Si estabas inscrito en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego, habías solicitado tu autoexclusión o tenías prohibido jugar y, aun así, una casa de apuestas te permitió abrir sesión, depositar dinero y perder cantidades importantes, el problema no es solo tuyo. El operador tenía obligaciones de control, verificación y protección del jugador. Cuando esas obligaciones fallan, puede existir base para reclamar las pérdidas sufridas, especialmente si se acredita que la plataforma permitió actividad de juego pese a una prohibición vigente.

La autoexclusión no es una simple preferencia del usuario ni una recomendación moral. Es una medida legal de protección frente al juego que debe ser respetada por los operadores con licencia en España. Si una persona incluida en el RGIAJ consigue jugar, depositar fondos, recibir bonos, apostar o perder dinero en una plataforma regulada, hay que analizar qué controles fallaron, cuándo se produjo la inscripción, qué verificaciones realizó el operador y si existió una vulneración de sus obligaciones legales frente al consumidor.

En Abogado Apuestas estudiamos reclamaciones contra operadores de juego online regulados por la DGOJ cuando existen pérdidas derivadas de fallos en la autoexclusión, acceso indebido al juego, omisión de controles, cuentas abiertas pese a prohibición vigente o actividad permitida a personas inscritas en registros de interdicción. No se trata de pedir una devolución por haber perdido una apuesta normal. Se trata de exigir responsabilidad cuando el operador no debió permitir jugar.

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Cuándo se pueden reclamar pérdidas por autoexclusión

La reclamación por pérdidas derivadas de autoexclusión tiene sentido cuando el usuario había adoptado una medida formal para impedirse el acceso al juego y, pese a ello, el operador permitió que siguiera jugando. La clave está en distinguir entre una pérdida ordinaria, asumida dentro del riesgo propio del juego, y una pérdida causada por un incumplimiento previo del operador.

Un usuario puede preguntarse: “¿Puedo reclamar a una casa de apuestas si estaba autoexcluido y aun así me dejó jugar?”. La respuesta es que sí puede estudiarse la reclamación, siempre que exista prueba de la autoexclusión, de la fecha en que estaba vigente, de los depósitos realizados, de las apuestas efectuadas y de las pérdidas sufridas durante ese periodo. No basta con decir que se tenía un problema con el juego. Hay que reconstruir documentalmente el caso.

La inscripción en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego, conocido como RGIAJ, tiene precisamente la finalidad de impedir que la persona inscrita pueda participar en determinadas actividades de juego sometidas a identificación previa. Por eso, cuando un operador con licencia española permite el juego pese a esa prohibición, la reclamación no debe plantearse como una simple queja emocional, sino como una reclamación jurídica estructurada.

En estos casos conviene analizar también si el operador permitió depósitos reiterados, si existieron límites de cuenta ignorados, si hubo comunicaciones previas del jugador solicitando cierre, si se activaron herramientas de juego responsable, si la cuenta fue reabierta indebidamente o si la plataforma actuó solo cuando el usuario ya había perdido el dinero.

El escenario típico es claro: el jugador se inscribe para protegerse, cree que no podrá volver a jugar, pero descubre que una plataforma le permite acceder, ingresar dinero y apostar. Después, cuando reclama, recibe respuestas genéricas, silencios del soporte o argumentos evasivos. En ese punto, la reclamación debe centrarse en una pregunta sencilla: si el usuario tenía prohibido jugar, ¿por qué el operador le permitió perder dinero?

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Analizamos si la casa de apuestas incumplió sus obligaciones de control y si existe base para reclamar las pérdidas sufridas.

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Qué es la autoexclusión y por qué obliga al operador

La autoexclusión es una herramienta de protección del jugador que permite impedir el acceso al juego cuando la persona entiende que necesita una barrera real frente a las apuestas, el casino online o cualquier modalidad de juego regulada. En España, el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego se integra dentro del sistema de protección previsto por la normativa de juego y vincula a los operadores que actúan con licencia española.

La Ley 13/2011 de regulación del juego establece un marco orientado no solo a ordenar la actividad económica del juego, sino también a proteger a los participantes, prevenir conductas problemáticas y exigir a los operadores medidas de juego responsable. La DGOJ no es un simple buzón de reclamaciones: es el organismo regulador que supervisa a los operadores, controla el cumplimiento normativo y puede intervenir cuando existen incumplimientos relevantes.

Por eso, cuando una persona inscrita en el RGIAJ logra jugar en una plataforma regulada, el análisis jurídico debe ir más allá de la pantalla del usuario. Hay que comprobar el sistema de alta, la verificación de identidad, los controles previos al depósito, la trazabilidad de la cuenta, la fecha exacta de inscripción, el historial de juego y la conducta posterior del operador.

Una pregunta frecuente es: “¿La casa de apuestas puede decir que la culpa es mía por haber entrado voluntariamente?”. Esa defensa puede aparecer, pero no siempre es suficiente. Precisamente la finalidad de la autoexclusión es crear una barrera frente al impulso de jugar. Si el operador tenía la obligación de impedir el acceso y no lo hizo, no puede limitarse a afirmar que el usuario aceptó las condiciones generales o que pulsó un botón para depositar.

También puede ocurrir que el operador alegue un error de datos, una discrepancia documental, un problema de identificación o una falta de coincidencia entre el registro y la cuenta. Esa explicación debe ser revisada con mucho cuidado. Si la identidad estaba suficientemente acreditada, si se usaron los mismos datos personales o si el operador pudo detectar la prohibición y no lo hizo, la reclamación gana fuerza.

Cuando el problema no es solo una autoexclusión, sino un acceso indebido estando inscrito en registros de prohibidos, la página sobre apostar estando en RGIAJ permite entender mejor por qué el operador no puede tratar estos casos como una simple pérdida voluntaria del jugador.

Situaciones habituales en las que la casa de apuestas permite jugar pese a la prohibición

Las reclamaciones por autoexclusión suelen aparecer después de semanas o meses de actividad indebida. El usuario no siempre detecta el problema desde el primer depósito. En muchos casos empieza con pequeñas cantidades, continúa con ingresos sucesivos y termina con pérdidas relevantes que nunca debieron producirse si el sistema de control hubiese funcionado correctamente.

Uno de los escenarios más graves es el de la cuenta abierta después de estar inscrito en el RGIAJ. El jugador se registra, introduce sus datos, supera aparentemente el proceso de alta y empieza a jugar. Si la inscripción ya estaba vigente en ese momento, hay que analizar por qué el operador permitió el registro y por qué no bloqueó la cuenta antes de aceptar depósitos.

Otro supuesto habitual se produce cuando el usuario ya tenía cuenta abierta antes de autoexcluirse. Tras inscribirse en el registro, la plataforma debería impedir el acceso a la actividad de juego afectada. Sin embargo, algunas personas descubren que pudieron seguir entrando, depositando y apostando. En esos casos, la discusión no se centra solo en el alta inicial, sino en la falta de bloqueo posterior.

También se dan casos en los que el usuario solicita directamente a la casa de apuestas el cierre de cuenta por problemas de juego o por pérdida de control. La plataforma responde con mensajes genéricos, ofrece pausas temporales, remite a herramientas internas o demora la aplicación de la medida. Si durante ese periodo el usuario sigue perdiendo dinero, puede existir una línea de reclamación adicional, sobre todo si la comunicación fue clara y documentada.

La pregunta que muchos afectados hacen es: “¿Puedo reclamar si pedí cerrar mi cuenta por ludopatía y me dejaron seguir jugando?”. La respuesta depende de la prueba. Si se conserva el correo, el chat, el formulario, la fecha de solicitud y las pérdidas posteriores, la conducta del operador debe analizarse desde la óptica de la protección del consumidor y del juego responsable.

Otra situación muy reconocible es la respuesta tardía del soporte. El jugador escribe diciendo que está autoexcluido o que no deberían haberle permitido jugar. El operador contesta con fórmulas impersonales: “su caso está en revisión”, “nuestro departamento competente le responderá”, “hemos trasladado su consulta al Security Department” o “no apreciamos incidencia en su cuenta”. Mientras tanto, el tiempo pasa, los movimientos se enfrían y la prueba puede perderse.

Cuando la plataforma cierra la cuenta después de la reclamación, pero no devuelve las pérdidas, conviene revisar si el cierre es una maniobra defensiva. El operador puede intentar cortar el problema hacia el futuro sin reconocer lo ocurrido hacia atrás. Si el daño económico ya se produjo, el cierre posterior no elimina necesariamente la responsabilidad por haber permitido jugar antes.

Si además del juego indebido hay problemas con dinero retenido, bloqueo de fondos o imposibilidad de retirar cantidades restantes, puede ser necesario combinar la reclamación por autoexclusión con una estrategia de saldo retenido en casa de apuestas, porque una cosa son las pérdidas reclamables y otra el dinero que aún figure en la cuenta del jugador.

Qué dice la ley cuando una persona juega estando autoexcluida

La reclamación por pérdidas en situación de autoexclusión se apoya en varias capas jurídicas. La primera es la normativa específica de juego, especialmente la Ley 13/2011 de regulación del juego y las obligaciones de los operadores autorizados. La segunda es la normativa de consumidores y usuarios, porque el jugador, aunque participe en una actividad de riesgo, sigue siendo consumidor frente a una empresa profesional. La tercera es el derecho civil contractual, especialmente cuando la plataforma utiliza condiciones generales para intentar exonerarse de cualquier responsabilidad.

La casa de apuestas no puede comportarse como si su única obligación fuera pagar premios cuando le conviene y aceptar depósitos sin verificar correctamente quién juega. El operador regulado tiene deberes de identificación, control, trazabilidad y prevención. Cuando falla el sistema de protección, no basta con invocar una cláusula genérica de términos y condiciones.

Una cuestión importante es la posible abusividad de determinadas limitaciones contractuales. Algunas plataformas intentan blindarse con condiciones amplias, redactadas unilateralmente, que desplazan todo el riesgo al usuario. Pero las cláusulas que limiten derechos del consumidor, exoneren de responsabilidad al operador de forma desproporcionada o creen un desequilibrio injustificado pueden ser discutidas conforme a la normativa de consumidores y usuarios.

Por eso, la reclamación debe plantearse con precisión. No se trata de decir “he perdido, quiero que me devuelvan el dinero”. Ese enfoque suele fracasar. El planteamiento correcto es: “el operador permitió una actividad de juego que no debía permitir, incumplió obligaciones de control y protección, obtuvo ingresos derivados de una actividad indebida y causó un perjuicio económico reclamable”.

Otra pregunta habitual es: “¿Puede una casa de apuestas quedarse con mi dinero si estaba autoexcluido?”. Si hablamos de saldo no jugado, premios pendientes o cantidades depositadas, la retención debe estar justificada. Si además se trata de pérdidas generadas durante un periodo en el que el acceso al juego debió estar impedido, puede reclamarse la devolución de esas pérdidas, siempre que la prueba permita sostener la relación entre la prohibición y la actividad permitida.

En vía civil, antes de acudir a demanda, debe cuidarse el requisito previo de solución extrajudicial cuando resulte exigible. La Ley Orgánica 1/2025 ha reforzado los medios adecuados de solución de controversias en el ámbito civil y mercantil. En la práctica, esto obliga a documentar correctamente el intento previo de reclamación antes de presentar una demanda. Por eso el burofax a la casa de apuestas no es un simple mensaje de protesta: puede ser una pieza clave para ordenar el caso, fijar la reclamación y acreditar el intento de solución.

Solo gestionamos reclamaciones contra operadores regulados por la DGOJ en España. Si has jugado en una plataforma sin licencia española, el dinero puede estar fuera de la jurisdicción europea y la reclamación se vuelve mucho más difícil. No es lo mismo reclamar frente a una empresa sometida al control de la autoridad española que perseguir fondos en una web opaca, alojada fuera de España y sin sometimiento claro a nuestro sistema jurídico.

Cómo reclamamos las pérdidas por autoexclusión paso a paso

La reclamación debe empezar con método. En estos asuntos, improvisar suele beneficiar al operador. Si el usuario envía diez correos distintos, mezcla explicaciones emocionales, amenaza sin aportar prueba o acepta respuestas ambiguas, la plataforma gana tiempo y puede cerrar la discusión con fórmulas genéricas. La estrategia correcta consiste en ordenar la prueba, identificar el incumplimiento y reclamar formalmente.

  1. Análisis inicial gratuito del caso. Revisamos la fecha de autoexclusión, el operador afectado, los depósitos, las apuestas, las pérdidas, las comunicaciones enviadas y la situación actual de la cuenta. En esta fase determinamos si hay base real para reclamar o si faltan documentos esenciales.
  2. Burofax jurídico al operador como reclamación formal bajo Ley MASC. Redactamos una reclamación técnica, con identificación del jugador, periodo afectado, pérdidas reclamadas, incumplimientos atribuidos y solicitud económica concreta. Este paso permite dejar constancia fehaciente y preparar el terreno si después hay que demandar.
  3. Reclamación ante la DGOJ si no hay respuesta suficiente. Cuando el operador no contesta, contesta de forma evasiva o rechaza sin justificar, puede valorarse la reclamación ante la Dirección General de Ordenación del Juego, especialmente cuando existen indicios de incumplimiento de obligaciones regulatorias.
  4. Demanda judicial si el importe y la prueba lo justifican. Si la cantidad perdida es relevante y la documentación permite sostener la reclamación, estudiamos la viabilidad de acudir a los tribunales para exigir la devolución de las pérdidas y, en su caso, los conceptos que jurídicamente procedan.

La pregunta práctica suele ser: “¿Cuánto tarda una reclamación por pérdidas estando autoexcluido?”. Depende de la actitud del operador y de la vía utilizada. Un requerimiento extrajudicial puede obtener respuesta en pocas semanas. Si hay que acudir a la DGOJ o a demanda judicial, los plazos se amplían. Lo importante es no dejar pasar meses sin actuar, porque la prueba digital, los extractos, las comunicaciones y el historial de cuenta pueden resultar decisivos.

Otra duda frecuente es: “¿Qué hago si el operador solo me dice que mi caso está en revisión?”. La respuesta es no conformarse con esa frase. Una revisión indefinida no puede convertirse en una barrera para el consumidor. Hay que exigir una respuesta concreta, con fundamento, por escrito y vinculada a los hechos. Si la plataforma no explica qué comprobó, cuándo lo comprobó y por qué permitió el juego, su posición puede debilitarse.

Cuando el operador rechaza la reclamación alegando que el usuario aceptó los términos y condiciones, revisamos si esas condiciones son oponibles al caso concreto. Las condiciones generales no pueden utilizarse como escudo absoluto frente a incumplimientos regulatorios ni frente a fallos en medidas de protección del jugador.

En los asuntos en los que la respuesta del operador es insuficiente, la reclamación ante la DGOJ puede servir para activar el control del regulador y reforzar la presión formal sobre la plataforma, sin perjuicio de que la recuperación económica pueda requerir una estrategia civil bien planteada.

No conviertas tu reclamación en una cadena de correos inútiles

Si estabas autoexcluido, la reclamación debe plantearse con prueba, cuantía, base legal y exigencia formal al operador.

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Qué documentación necesitas para reclamar

La prueba es el centro de la reclamación. En pérdidas por autoexclusión no basta con narrar lo ocurrido. Hay que acreditar la situación del jugador, la obligación incumplida y el daño económico. Cuanto más ordenada esté la documentación, más difícil será para el operador refugiarse en respuestas genéricas.

La documentación básica incluye el certificado o justificante de inscripción en el RGIAJ, la fecha exacta de alta en el registro, los datos de la cuenta de juego, los extractos bancarios de depósitos, el historial de apuestas, las pérdidas netas, las comunicaciones con el soporte y cualquier respuesta del operador. También resultan útiles capturas de pantalla de la cuenta, correos del departamento de seguridad, avisos de cierre, mensajes de juego responsable y pruebas de que la plataforma permitió acceder o depositar.

Una pregunta habitual es: “¿Qué documentación necesito para reclamar a una casa de apuestas si jugué estando autoexcluido?”. Necesitas, como mínimo, probar tres cosas: que la autoexclusión estaba vigente, que el operador permitió actividad de juego durante ese periodo y que existieron pérdidas económicas concretas. Sin esos tres elementos, la reclamación pierde fuerza.

También hay que revisar si el operador cerró la cuenta de forma posterior. A veces, tras recibir la queja, la plataforma bloquea el acceso o cierra la cuenta invocando motivos de seguridad o juego responsable. Esa reacción puede ser relevante: si el operador reconoce implícitamente que no debías jugar desde ese momento, hay que analizar por qué te permitió jugar antes.

Si la casa de apuestas ha cerrado la cuenta y no facilita historial, movimientos o información suficiente, puede ser necesario reclamar también el acceso a los datos necesarios para cuantificar el perjuicio. En estos casos, la página sobre cuenta cerrada por la casa de apuestas ayuda a entender por qué el cierre no debe impedir al usuario reclamar lo ocurrido antes.

Es muy importante no borrar correos, no eliminar capturas, no cerrar conversaciones de chat y no modificar documentos. Aunque parezcan detalles menores, en una reclamación de este tipo pueden marcar la diferencia. Un correo donde el operador reconoce que la cuenta está siendo revisada, un mensaje donde se informa de la autoexclusión o una captura de depósitos realizados durante el periodo prohibido pueden resultar decisivos.

Errores que pueden arruinar la reclamación

El primer error es reclamar desde la frustración sin ordenar los hechos. Es comprensible que el usuario esté enfadado, especialmente si perdió una cantidad relevante pese a haber intentado protegerse. Pero una reclamación emocional, llena de acusaciones y sin prueba concreta, permite al operador contestar con una negativa genérica.

El segundo error es aceptar una respuesta superficial como si fuera definitiva. Muchas plataformas responden con frases tipo “hemos revisado su cuenta y no apreciamos irregularidad”, “la actividad se realizó conforme a nuestros términos” o “usted es responsable del uso de su cuenta”. Esas frases no cierran el caso si no van acompañadas de una explicación real del control realizado y de la razón por la que se permitió jugar pese a la prohibición.

El tercer error es seguir jugando después de detectar el problema. Si el usuario sabe que existe una posible reclamación por autoexclusión y continúa realizando depósitos, la posición jurídica puede complicarse. Desde el momento en que se detecta el fallo, lo prudente es detener la actividad, conservar prueba y reclamar formalmente.

El cuarto error es mezclar operadores, periodos y cantidades sin separar los datos. Puede haber pérdidas en varias plataformas, pero cada operador debe analizarse por separado. No es lo mismo una reclamación frente a Bet365 que frente a Winamax, Codere, 888sport, Sportium o cualquier otro operador. Cada cuenta tiene su historial, sus depósitos, sus controles y sus respuestas.

Cuando el problema se produce en operadores concretos, conviene construir la reclamación atendiendo a la conducta específica de cada plataforma. No tiene la misma utilidad una reclamación genérica que un escrito adaptado a los hechos de una cuenta concreta, como ocurre en asuntos de reclamación contra Bet365 o en reclamaciones frente a otros operadores regulados cuando se detectan fallos de control.

El quinto error es esperar demasiado. Cada día que pasa, el operador gana tiempo. El usuario pierde frescura probatoria, puede extraviar extractos, olvidar fechas o quedarse sin acceso al historial. Si la plataforma cierra la cuenta, descargar después toda la información puede resultar más difícil. Por eso, actuar rápido no es una cuestión de ansiedad: es una cuestión de prueba.

Otra pregunta directa es: “¿Merece la pena demandar a una casa de apuestas por pérdidas estando autoexcluido?”. Merece la pena estudiarlo cuando el importe es relevante, la autoexclusión estaba vigente y hay prueba suficiente de que el operador permitió jugar. No todos los casos deben acabar en demanda, pero los casos fuertes no deberían quedarse en un simple correo al soporte.

Caso real anonimizado de reclamación por autoexclusión

Un usuario de Madrid contactó tras perder aproximadamente 8.700 euros en una plataforma de juego online regulada. Según la documentación aportada, constaba inscrito en el RGIAJ antes de parte de la actividad reclamada. Pese a ello, pudo acceder a su cuenta, realizar depósitos sucesivos y participar en juegos de casino online durante varias semanas.

El usuario había escrito previamente al soporte indicando que no entendía cómo podía seguir jugando si estaba inscrito en un registro de prohibidos. La respuesta fue una comunicación genérica: el caso estaba en revisión por el departamento correspondiente. No se le facilitó una explicación clara sobre los controles realizados ni sobre la razón por la que se habían aceptado los depósitos.

Tras revisar la documentación, se preparó una reclamación formal al operador mediante burofax jurídico, detallando fechas de inscripción, movimientos bancarios, depósitos, actividad de juego y cuantía reclamada. Al no obtener una solución satisfactoria inicial, se preparó la vía de reclamación ante la DGOJ y se dejó planteada la posibilidad de demanda civil si no se producía una respuesta económica razonable.

El resultado fue una propuesta de acuerdo parcial antes de judicializar el asunto, con devolución de una parte sustancial de las cantidades reclamadas. Lo relevante de este caso no fue gritar más que el operador, sino acreditar con precisión que existía una medida de protección previa, que la plataforma permitió actividad económica durante el periodo afectado y que la pérdida no podía tratarse como una apuesta ordinaria.

Este tipo de casos demuestra algo importante: la reclamación por autoexclusión no se gana con indignación, sino con prueba. La indignación explica el problema. La prueba permite exigir responsabilidad.

Coste de reclamar y cuándo compensa actuar

El coste de reclamar debe ser proporcional al importe perdido y a la fuerza de la prueba. No tiene sentido iniciar una estrategia compleja si la cantidad es mínima o si no existe documentación suficiente. Pero cuando hablamos de pérdidas relevantes, depósitos continuados, inscripción vigente en RGIAJ y respuestas evasivas del operador, no actuar puede salir mucho más caro que reclamar.

Trabajamos con un fijo por la gestión extrajudicial más un porcentaje sobre lo recuperado, únicamente si hay éxito. Si no recuperamos nada, el porcentaje es cero. Este sistema permite que el usuario no tenga que asumir desde el primer momento el coste completo de una batalla jurídica larga y alinea el interés del despacho con el resultado económico de la reclamación.

La pregunta que muchos afectados hacen es: “¿Cuánto me va a costar reclamar si ya he perdido mucho dinero?”. La respuesta depende de la cuantía, del operador, de la documentación y de la vía que sea necesaria. Normalmente se empieza por una fase extrajudicial con análisis, preparación de la reclamación y envío formal al operador. Si después hay que acudir a DGOJ o demanda, se valora aparte en función del caso.

La reclamación compensa especialmente cuando las pérdidas son elevadas, la autoexclusión estaba vigente, hay depósitos bancarios claros, el operador no ofrece explicación convincente y la cuenta fue bloqueada o cerrada después de la queja. En esos casos, quedarse en el chat de atención al cliente suele ser perder tiempo.

Si el operador rechaza cualquier responsabilidad y la cantidad justifica acudir al juzgado, puede estudiarse una demanda contra la casa de apuestas cuando la prueba permita sostener que la plataforma incumplió obligaciones legales y contractuales al permitir una actividad de juego que debía estar impedida.

Prestamos servicio desde Madrid para reclamaciones en toda España, incluyendo Barcelona, Valencia, Sevilla, Zaragoza, Bilbao, Málaga, Alicante y cualquier provincia. La mayor parte del trabajo se puede realizar a distancia, mediante documentación digital, comunicaciones escritas y reclamaciones formales. Lo importante no es dónde vive el usuario, sino dónde opera la plataforma, qué licencia tiene y qué prueba existe.

Si además de la autoexclusión el problema se relaciona con juego estando inscrito en registros de prohibidos, conviene revisar el enfoque específico sobre jugar estando en el registro de ludópatas, porque la responsabilidad del operador puede variar según la medida aplicada, el momento de inscripción y el tipo de actividad permitida.

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Si estabas autoexcluido y aun así perdiste dinero, conserva la prueba y solicita un análisis antes de que desaparezcan datos relevantes.

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Reclamar pérdidas por autoexclusión: cómo recuperar el dinero si la casa de apuestas te dejó jugar
Service Type
Reclamar pérdidas por autoexclusión: cómo recuperar el dinero si la casa de apuestas te dejó jugar
Provider Name
JR Abogados Apuestas deportivas,
Velazquez 27,Madrid,Madrid-28001,
Telephone No.647335243
Area
España
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Guía legal para reclamar pérdidas sufridas si estabas autoexcluido, inscrito en el RGIAJ o habías solicitado no jugar y una casa de apuestas regulada te permitió depositar, apostar y perder dinero.